Consejo de Gobierno de Costa Rica
El Consejo de Gobierno es un consejo de ministros del gobierno de Costa Rica equivalente a un gabinete y presidido por el Presidente de la República.
Consejo de Gobierno de Costa Rica | ||
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Escudo de la República de Costa Rica | ||
Localización | ||
País | Costa Rica | |
Información general | ||
Jurisdicción | Costa Rica | |
Tipo | Consejo de Ministros | |
Sede | Casa Presidencial de Costa Rica | |
Sistema | República presidencialista | |
Organización | ||
Presidente de la República | Rodrigo Chaves Robles | |
Ministra de la Presidencia | Natalia Díaz Quintana | |
Secretario General | Desconocido | |
Composición | Presidente, vicepresidentes, ministros y secretario general | |
Está establecido en el artículo 147 de la Constitución Política de Costa Rica,[1] y descrito como:
CAPÍTULO IV: El Consejo de GobiernoArtículo 147.- El Consejo de Gobierno lo forman el Presidente de la República y los Ministros, para ejercer, bajo la Presidencia del primero, las siguientes funciones:
1) Solicitar de la Asamblea Legislativa la declaratoria del estado de defensa nacional y la autorización para decretar el reclutamiento militar, organizar el ejército y negociar la paz;
2) Ejercer el derecho de gracia en la forma que indique la ley;
3) Nombrar y remover a los Representantes Diplomáticos de la República;
4) Nombrar a los directores de las instituciones autónomas cuya designación corresponda al Poder Ejecutivo;
5) Resolver los demás negocios que le someta el Presidente de la República quien, si la gravedad de algún asunto lo exige, podrá invitar a otras personas para que, con carácter consultivo, participen en las deliberaciones del Consejo.
Integrantes
editarDurante el actual Gobierno de la República, iniciado en 2022, el Consejo de Gobierno se encuentra integrado por las siguientes personas:
Referencias
editar- ↑ «Constitución de Costa Rica (con reformas al 2003)». Wikisource. Consultado el 15 de agosto de 2019.