Elecciones municipales de Costa Rica de 2024

Las elecciones municipales de Costa Rica de 2024 fueron un evento electoral en que se llevó a cabo en el año 2024. Estas elecciones se destacan por ser un proceso democrático fundamental que determinará la composición de los gobiernos locales a nivel de cantones y distritos en todo el país para elegir todos los cargos municipales del país; alcaldes, regidores de los Concejos Municipales, síndicos de distrito, concejales de distrito y los intendentes de ocho distritos autónomos especiales, junto a sus respectivos suplentes en todos los casos. Estas elecciones serán las sextas elecciones municipales directas desde la reforma al Código Municipal de 1998 y las terceras en realizarse a medio período desde la reforma de 2009.

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Elecciones municipales de 2024
Fecha 4 de febrero de 2024

Demografía electoral
Votantes 3 570 807 hab.

Resultados
Liberación Nacional
Alcaldías 29
Unidad Social Cristiana
Alcaldías 20
Unidos Podemos
Alcaldías 9
Nueva Generación
Alcaldías 4
Liberal Progresista
Alcaldías 3
Republicano Social Cristiano
Alcaldías 2
Nueva República
Alcaldías 2
Progreso Social Democrático
Alcaldías 2
Frente Amplio
Alcaldías 1
Movimientos Locales
Alcaldías 12

Serán las primeras elecciones municipales para los cantones de Puerto Jiménez y Monteverde, pasando de 82 a 84 cantones de la elección pasada.[1]

Se caracterizaron por varios aspectos destacados y desafíos. El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) enfrentó una campaña de desinformación sin precedentes, que incluyó ataques digitales y esfuerzos para impedir la celebración de las elecciones. A pesar de esto, los comicios se llevaron a cabo sin mayores incidentes, aunque con un notable 68% de abstencionismo, lo que refleja una preocupante falta de interés en la participación política local.[2]

El partido afín al gobierno, Aquí Costa Rica Manda no logró presentar candidatos a alcaldes debido a la separación del presidente Rodrigo Chaves del partido y la falta de cumplimiento de las normativas de paridad de género por parte de dos agrupaciones autodenominadas herederas del "Chavismo". Este fenómeno resultó en una ausencia de representación oficialista en las elecciones municipales, algo inusual en la política costarricense reciente.[3]

Además, se implementaron varias innovaciones en estas elecciones, como la prohibición de la reelección indefinida para alcaldes, resultante de una reforma al Código Municipal, y la obligatoriedad de la paridad de género horizontal. A pesar de la baja participación, la jornada electoral transcurrió sin actos de violencia significativos, diferenciándose de otros países de la región.[4]

Cronograma electoral municipal

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De acuerdo al cronograma electoral en miras al proceso de elección popular de 2024, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó en sesión ordinar n°. 114-2022 el cronograma respectivo. El proceso se inicia en diciembre de 2022 con el último día para que el Poder Ejecutivo pueda modificar la División Territorial Administrativa, de acuerdo con la Ley n.° 6068 del 20 de julio de 1977. En febrero de 2023, se establece el plazo final para la presentación de solicitudes de inscripción de partidos políticos y para que los costarricenses por naturalización obtengan la carta de ciudadanía.[5]

En el año 2023 el cronograma comtempla una serie de procesos electorales que permiten tanto al Tribunal Supremo de Elecciones, como a los partidos políticos y ciudadanos llevar una secuencia de acontecimientos hacia las elecciones de febrero, así el cronograma destaca abril de 2023 como el mes en que el TSE fija el número de regidores por cantón, y junio como el límite para la división de distritos administrativos. Agosto de 2023 se convierte en un mes clave con múltiples plazos, incluyendo la inscripción de partidos políticos, la preparación de listas provisionales de electores y la renuncia de funcionarios públicos que buscan cargos municipales.

En septiembre de 2023, inicia el plazo para que los partidos políticos soliciten permisos para actividades proselitistas, y octubre destaca el plazo para la presentación de informes financieros de los partidos y la ratificación de candidatos por las asambleas superiores. Noviembre de 2023 marca hitos significativos, como el sorteo de la posición de los partidos en las papeletas y la confección de las listas definitivas de electores.[5]

El inicio de 2024 marca el comienzo oficial de la campaña electoral, con la convocatoria a elecciones municipales y la apertura para la inscripción de candidaturas. Se subraya la transparencia financiera de los partidos, con la obligación de rendir informes mensuales sobre donaciones. Las actividades proselitistas en espacios públicos requieren autorización a partir de esta fecha, y las obligaciones de transporte público se mantienen hasta cuarenta y cinco días después de las elecciones.

El plazo para la inscripción de candidaturas vence en enero de 2024, y febrero marca el inicio del registro de entidades que elaborarán encuestas político-electorales. La difusión de propaganda política se suspende temporalmente en enero, mientras que el TSE realiza los nombramientos de los integrantes de las juntas receptoras de votos en febrero.

El día 3, se determina como la fecha límite para que el Registro Civil imprima las listas definitivas de electores. El 4 de enero se destaca como el plazo para que, en caso de que un integrante de una junta receptora de votos no se haya presentado a rendir juramento, el partido que lo designó pueda presentar un nuevo elector en los cinco días hábiles siguientes. El 8 de enero es el último día para que los partidos políticos o coaliciones inscritas soliciten la acreditación de sus fiscales, y el 10 de enero es el límite para que presenten al TSE las solicitudes de permiso para actividades proselitistas en lugares públicos.[5]

El 20 de enero es una fecha clave con múltiples vencimientos, incluyendo la entrega del material electoral a las juntas cantonales, la distribución del padrón impreso por distrito electoral, y el plazo para solicitar sustituciones de fiscales. El 22 de enero marca el vencimiento del plazo para que los organismos o entidades soliciten la acreditación de observadores, y el 27 de enero se establece como la fecha límite para que todo el material electoral esté en poder de las juntas receptoras de votos.

 
Un stand en Paseo Colón, del partido cantonal por San José, Juntos.

El último día de enero, el 31, destaca como el límite para difundir o publicar encuestas y sondeos de opinión relacionados con el proceso electoral, así como la finalización de la difusión de propaganda política en medios de comunicación colectiva. Febrero de 2024 culmina con las elecciones municipales el 4 de febrero, donde los ciudadanos votarán para elegir alcaldes, vicealcaldes, regidores, síndicos, concejales de distrito, intendente, viceintendente y concejales municipales de distrito.

Marzo de 2024 establece el 20 como el plazo para que los partidos políticos incluyan gastos justificables generados por su participación en el proceso electoral, a fin de obtener la contribución estatal. Abril de 2024 destaca el 4 como la fecha límite para concluir el escrutinio de las diferentes autoridades municipales, y mayo de 2024 señala el 1 como el día de la toma de posesión de los cargos de elección popular a nivel municipal. A partir del 5 de mayo, el TSE vuelve a quedar conformado con tres magistrados propietarios, según lo establecido en la Constitución Política y la legislación correspondiente.[5]

Padrón electoral

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Cantones y distritos de Costa Rica

El padrón electoral para el 2024 consta aproximadamente de 3 570 807 electores. [6]

Provincia Total Hombres Mujeres
San José 1 170 818 569 124 601 694
Alajuela 700 531 352 544 347 987
Cartago 418 485 207 171 211 314
Heredia 365 583 179 076 186 507
Guanacaste 268 431 134 987 133 444
Puntarenas 342 368 174 257 168 111
Limón 304 591 155 488 149 103
Total 3 570 807 1 772 647 1 798 160

Información al ciudadano elector

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Los ciudadanos electores pueden informarse de sus Juntas Receptoras de votos a través de diversos sistemas establecidos por el Tribunal Supremo de Elecciones, como las llamadas gratuitas al 1020 para consultar con el número de cédula la mesa electoral donde el ciudadano se encuentra inscrito. A través de mensaje de texto al 1020, escribiendo el número de cédula, en el sitio web del Tribunal, en la aplicación #VotanteInformadoCr, donde se encuentra información de los diversos partidos políticos del cantón, así como otros datos de interés al ciudadano.[7]

Participación política

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Celebración del triunfo del partido cantonal Avance Isidreño en San Isidro, Heredia.

Organizadas por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), que es el órgano constitucional superior encargado de la organización de los procesos electorales en el país. La fecha exacta de las elecciones se estableció 4 de febrero de 2024, de acuerdo con el calendario electoral de Costa Rica.

Cargos en disputa

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En estas elecciones, se elegirán alcaldes y concejos municipales en los diversos cantones y distritos de Costa Rica. Esto incluye un amplio número de puestos, ya que en el país existen múltiples cantones con sus respectivos municipios.[8]​ De acuerdo al Plan General de Elecciones Municipales los puestos que los ciudadanos costarricenses elegirán en las elecciones del 4 de febrero son:[9]

Puesto Cantidad de puestos
Alcaldías 84
Vicealcaldías primera 84
Vicealcaldías segunda 84
Intendencias 7
Viceintendencias 7
Regidurías propietarias 518
Regidurías suplentes 518
Sindicaturas propietarias 491
Sindicaturas suplentes 491
Miembros Concejalías de Distritos propietarios 1936
Miembros Concejalías de Distritos suplentes 1936
Miembros Concejalías Municipales de Distritos propietarios 28
Miembros Concejalías Municipales de Distritos suplentes 28
Total 6212

Cada uno de los puestos elegidos conforman el Concejo Municipal del cantón, de acuerdo a la Constitución Política de Costa Rica:

La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley.
Constitución Política de Costa Rica, art. 169

Así mismo, el Código Municipal que organiza todo el accionar de los gobiernos locales, expone:

El gobierno municipal estará compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Concejo e integrado por los regidores que determine la ley, además, por un alcalde y su respectivo suplente, todos de elección popular.
Código Municipal, art. 12

Por ende, es importante para el proceso electoral la promoción de la participación ciudadana en búsqueda del menor porcentaje posible de abstencionismo. De todos los distritos electorales del país, solamente el distrito X del Cantón de Puntarenas que corresponde a la Isla del Coco no se realizan votaciones para gobiernos locales, la razón, según la Resolución 2571-E8-2008 del Tribunal Supremo de Elecciones, los magistrados Luis Sobrado, Eugenia Zamora y Max Esquivel:[10]

La representación política: La representación política, que permite actuar la soberanía popular por intermedio de órganos de deliberación y decisión integrados democráticamente, existe en función y tiene como presupuesto lógico, las poblaciones como realidad social y la ciudadanía de algunos de sus miembros como estatus jurídico. Donde no hay población no puede haber ciudadanía y, ante la inexistencia de ciudadanía, la representación política pierde todo su sentido.

Según el artículo 54 del Código Municipal, cada distrito administrativo del país debe estar representado por un concejo de distrito. Específicamente, uno de sus miembros, el síndico, representará al distrito ante el concejo municipal del cantón. Como se indicó en el considerando segundo de la presente resolución, el distrito es la circunscripción electoral más pequeña en Costa Rica. Sin embargo, la Isla del Coco es el único distrito administrativo del país que no es, a la vez, circunscripción electoral. No lo es ahora, en tanto fue declarado en 1978 Parque Nacional. Con esa declaración, su territorio fue puesto bajo un régimen que imposibilita el desarrollo urbanístico y, por ende, poblacional.

En la Isla del Coco puede haber, al momento de realizarse una votación nacional, ciudadanos con el derecho fundamental de ejercer el sufragio. Esa es la razón para reconocer allí un distrito electoral e instalar una junta receptora de votos. Pero eso no significa que la Isla tenga población (que implica residencia permanente), ni una ciudadanía propia que exija ser representada. No siendo circunscripción electoral, no tiene justificación el ejercicio del sufragio pasivo en relación a ella.

Esa fue, en parte, la inteligencia que este Tribunal expresó en la resolución n° 3288-E-2006 de las 9:55 horas del 17 de octubre de 2006 en la que, ante la pretensión de una agrupación política de inscribir una candidatura a síndico por el Distrito X del Cantón Puntarenas, dijo:

“(…) cabe tener en cuenta que, al carecer dicha isla de residentes permanentes, resulta improcedente la instalación de un concejo de distrito y el nombramiento de síndico.”.

Las consecuencias de lo hasta aquí avanzado son evidentes: los partidos políticos ni deben ni pueden celebrar asambleas distritales en la Isla del Coco, ni para su inscripción ni para la renovación de sus estructuras ni para la designación de candidaturas. En el Distrito X del Cantón Puntarenas, Isla del Coco, el único ejercicio político electoral posible es la emisión del voto.
Resolución 2571-E8-2008

La participación política de los investigadores presentes en la Isla del Coco se presenta solamente para el sufragio de las elecciones nacionales para elección de presidente y vicepresidentes, así como diputaciones.

Partidos políticos

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Celebración en Nicoya por el partido cantonal Gran Nicoya

Costa Rica cuenta con una diversidad de partidos políticos, tanto a nivel nacional como provincial y cantonal. Actualmente, hay inscritos 161 partidos políticos, de los cuales 34 son nacionales, 22 provinciales y 105 cantonales.[11]

Sistema electoral

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El sistema electoral de Costa Rica tiene sus particularidades y se basa en un sistema de representación proporcional que permite una amplia diversidad de partidos y movimientos políticos en el escenario electoral del país.

En esta ocasión será la primera vez que no habrá reelección no limitada por lo que un total de solo 42 alcaldes podrán reelegirse pues los otros 47 no podrán reelegirse pues el máximo de 8 años tras la reforma aprobada en el primer debate el expediente 21.810, que es una reforma al artículo 14 del Código Municipal para impedir la reelección continua de los alcaldes solo permitiendo una única reelección consecutiva.[12]

Observación electoral

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De acuerdo al Reglamento para la Observación de Procesos Electivos y Consultivos:[13]

La observación se llevará a cabo por medio de observadores, nacionales o internacionales, previamente acreditados por el Tribunal Supremo de Elecciones, de acuerdo con lo establecido en la ley y en este reglamento.
Tribunal Supremo de Elecciones, Reglamento para la Observación de Procesos Electivos y Consultivos, art. 1

Los observadores electorales según dicho reglamento, no tienen atribuciones que le competen al TSE, por lo que su papel es meramente de vigilantes del proceso electoral el día de los comicios. En el caso de los observadores nacionales, estos deben ser costarricenses en ejercicio de sus derechos, y no pueden tener participación en procesos concretos del Tribunal como fiscales, tampoco con ningún partido político. Los observadores, son según su naturaleza nacionales o internacionales, debidamente acreditados.

La observación electoral internacional estará presente en las elecciones municipales, así lo anunció el TSE a través de diversos comunicados. La OEA tendrá presencia de 14 miembros de la Misión de Observación. Según el Tribunal Supremo de Elecciones:[14]

Mediante este convenio, el TSE garantiza al grupo de la OEA, condiciones de seguridad, libre acceso a la información, desplazamiento en todo el territorio nacional e ingreso a los centros de votación, desde la instalación de las juntas receptoras de votos, hasta el final del definitivo conteo de los votos.
Tribunal Supremo de Elecciones

Asegura el Tribunal con estos convenios de observación la permanencia de organismos internacionales que velan por la democracia de la región, como la Organización de Estados Americanos al que Costa Rica está inscrito.

Voto electrónico

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Por primera vez en Costa Rica se llevará a cabo un proyecto piloto de voto electrónico en diversas Juntas Receptoras de Votos a lo largo del país. El sistema de voto electrónico no ha sido bien recibido por una gran parte de la población, sobre todo personajes políticos. De acuerdo con el Tribunal Supremo de Elecciones la distribución de las máquinas electrónicas para dicho voto estarán distribuidas de la siguiente manera:[15]

Provincia Cantón Distrito electoral Cantidad de Juntas
Cartago Paraíso Paraíso 28
San José Moravia San Vicente 25
San José Escazú San Antonio 22
Cartago Central Oriental 22
San José Escazú Escazú 21
Guanacaste Santa Cruz Santa Cruz 21
Limón Pococí Guapiles 21
Alajuela Grecia Grecia 20
Cartago La Unión Tres Ríos 20
Cartago El Guarco El Tejar 19
Cartago Oreamuno San Rafael 19
San José Vázquez de Coronado San Isidro 18
Cartago Central Guadalupe o Arenilla 18
Heredia Central Mercedes Norte 18
Guanacaste Liberia San Roque 18
Alajuela San Ramón San Ramón 17
Cartago Central Occidental 16
Limón Guácimo Guácimo 16
San José Alajuelita Alajuelita 15
San José Mora Colón 15
Heredia San Pablo San Pablo 15
Guanacaste Nicoya Nicoya 15
Puntarenas Esparza Esparza 15
San José Puriscal Santiago 14
San José Santa Ana Pozos 14
Heredia San Rafael San Rafael 14
San José Montes de Oca Sabanilla 12
San José Curridabat Curridabat 11

La justificación del Tribunal sobre el plan piloto de papeleta única electrónica es que se llevará a cabo en lugares estratégicos, específicamente en sitios con mayor participación electoral en elecciones anteriores. Esta iniciativa representa un paso hacia la modernización y eficiencia del proceso electoral en Costa Rica, respondiendo a la dinámica cambiante y a la necesidad de adaptarse a los retos actuales en el ámbito electoral.

El contexto actual del aumento en la cantidad de partidos políticos y el crecimiento del padrón electoral en Costa Rica ha generado la necesidad de buscar soluciones que optimicen el proceso electoral. En la década de 1950, Costa Rica contaba con 300 mil votantes y alrededor de cuatro partidos; sin embargo, en la actualidad, el padrón electoral supera los tres millones y medio de personas con alrededor de 160 partidos políticos inscritos. Además, el incremento en la participación de partidos ha afectado la eficiencia en el cierre de votación y en el procesamiento de la información electoral.

Sobre los participantes a alcaldes

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Celebración con simpatizante tras ser anunciado como el alcalde electo Diego Miranda por la capital San José acabando con 33 años de dominio electoral liberacionista desde 1991.

Según diversas investigaciones de los medios de comunicación sobre el proceso electoral de febrero 2024, se detectan causas penales abiertas contra participantes de los partidos políticos que participan en los comicios. Así en total 53 candidatos en su mayoría del Partido Liberación Nacional y Partido Unidad Social Cristiana tienen causas en curso. De las 78 causas abiertas, 15 candidatos tienen más de una causa abierta. Los delitos que se estudian son: incumplimiento de deberes (15 candidatos): desobediencia (4 candidatos); tráfico de influencias (4 candidatos); nombramiento ilegal (4 candidatos); prevaricato (3 candidatos); influencia en contra de la Hacienda Pública (1 candidato); falsificación de documentos públicos y auténticos (1 candidato)

De acuerdo a la procedencia de las causas abiertas se organizan de la siguiente manera:[16][17]

Provincia Nombre del funcionario Partido político Cantón que representa Causa abierta Cantidad de causas
Alajuela Humberto Gerardo Soto Herrera Partido Nuestro Pueblo Alajuela Desobediencia 1
Marcos Vinicio Solís Rodríguez Nueva República Los Chiles
Katerine Mayela Ramírez González Partido Liberación Nacional Palmares Incumplimiento de deberes 1
Aura Yamileth López Obregón Partido Unidad Social Cristiana Upala Incumplimiento de deberes 1
Nora María Suárez Cruz Partido Unidad Social Cristiana Grecia
Guadalupe María Cubero Arredondo Partido Republicano Social Cristiano Palmares
Roberto Hernán Thompson Chacón Partido Liberación Nacional Alajuela Desobediencia 1
Maikol Gerardo Porras Morales Partido Alianza por Sarchí Sarchí
Heredia Jorge Eduardo Arias Santamaría Partido Bienestar Rafaeleño San Rafael
Roberto González Rodríguez Movimiento Avance Santo Domingo Santo Domingo Incumplimiento de deberes 1
Víctor Manuel Hidalgo Solís Partido Liberación Nacional Santa Bárbara Incumplimiento de deberes 1
Sider Hernández Campos Partido Unidad Social Cristiana San Rafael
Bernardo Porras López Partido Unidad Social Cristiana San Pablo ·         Prevaricato 1
Limón Roger Maynor Rivera Mora Partido Justicia Social Costarricense Limón
Heyner Jiménez Dinarte Partido Nuestro Pueblo Guácimo
Frank Alberto McKenzie Peterkin Partido Nueva República Limón
Rugeli Morales Rodríguez Partido Unidad Social Cristiana Talamanca
Wálter Céspedes Salazar Partido Unidad Social Cristiana Matina ·         Falsificación de documentos públicos y auténticos 1
Ana Margarita McCalla Partido Unidos Podemos Limón Incumplimiento de deberes 2
Cartago Mario Redondo Poveda Partido Actuemos Ya Cartago ·         Nombramiento ilegal

·         Prevaricato

2
Juan Luis Hernández Fuertes Nueva Generación Cartago
Carlos Hidalgo Flores Partido Nueva Generación Turrialba
Cristian Torres Garita Partido Liberación Nacional La Unión ·         Incumplimiento de deberes

·         Tráfico de influencias

2
Puntarenas Óscar Armando Underwood Carvajal Partido Liberación Nacional Parrita
Robert Villalobos Acosta Partido Unidos Podemos Monteverde
Ronald Sánchez Vega Partido Liberación Nacional Quepos Incumplimiento de deberes 1
Juan Abel Beteta Campos Partido Liberación Nacional Montes de Oro
Francisco González Madrigal Partido Pueblo Garabito Garabito
Randall Alexis Chavarría Matarrita Partido Unidad Social Cristiana Puntarenas ·         Incumplimiento de deberes.

·         Desobediencia

2
San José Olman Adrián Álvarez Zamora Alianza Democrática Nacional Aserrí ·         Influencia contra la Hacienda Pública 1
José Martín Zamora Cordero Alianza por San José San José ·         Nombramiento ilegal 1
Carlomagno Gómez Ortiz Partido Ecológico Escazuceño Escazú Incumplimiento de deberes 1
Luis Diego Miranda Méndez Juntos San José San José ·         Tráfico de influencias 1
Rodrigo Jiménez Cascante Partido Liberal Progresista Mora Incumplimiento de deberes 1
Lizzett Lorena Rodríguez Gamboa Partido Nuestro Pueblo Tibás Incumplimiento de deberes 1
Iris Cristina Arroyo Herrera Partido Liberación Nacional Puriscal ·         Desobediencia

·         Tráfico de influencias

2
Patricia Marín Gómez Partido Liberación Nacional San José
José Pablo Cartín Hernández Yunta Escazuceña Escazú Incumplimiento de deberes
José Alejandro Alvarado Vega Partido Liberación Nacional Tibás ·         Incumplimiento de deberes

·         Nombramiento ilegal

2
Gustavo Adolfo Carvajal Unidos Podemos Curridabat ·         Incumplimiento de deberes

·         Tráfico de influencias

·         Prevaricato

3
Carlos Murillo Rodríguez Partido Unidad Social Cristiana Goicoechea ·         Nombramiento ilegal 1
Alexander Enrique Cascante Alvarado Partido Progreso Social Democrático Goicoechea
Guanacaste Melissa de los Ángeles Bulakar Herra Partido Unión Guanacasteca Cañas
Carlos Armando Martínez Arias Partido Gran Nicoya Nicoya
Heriberto Cubero Morera Partido Liberación Nacional Abangares
Kendall Mauricio Zumbado Arrieta Partido Liberal Congresista Santa Cruz
 
Stand en Barrio Mexico del Partido Progreso Social Demócratico
  • El Tribunal Supremo de Elecciones han determinado que los partidos Pueblo Soberano y Aquí Costa Rica Manda (un partido escisión del Partido Progreso Social Democrático oficialista y de postura cercana a la figura del gobierno y presidente de Rodrigo Chaves Robles), se quedarian sin candidaturas a alcaldes y sindicos por fallar en la paridad de genero, nueva ley que busca que sin un partido escala nacional ponga una cantidad similar de candidatos entre mujeres y hombres en los mismos puestos sean alcalde y sindicos. También el TSE excluyó al partido Alianza Costa Rica Primero debido a que los magistrados electorales respaldaron una resolución previa de la Dirección General de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (DGRE), que dio por no celebrada la sesión, en vista de que no se alcanzó el cuórum necesario para que los acuerdos cuenten con validez legal ya que en la asamblea asistieron 35 de los 39 representantes requeridos.[18]

Puestos elegidos en las votaciones

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De acuerdo a los resultados de las elecciones municipales 2024, los puestos electos para representación popular son los siguientes:[19]

Provincia Cantón Alcalde elegido Partido de pertenencia Edad
 
San José
 
San José
Diego Miranda Méndez Juntos por San José 33
 
Escazú
Orlando Esteban Umaña PNG 49
 
Desamparados
Maria Antonieta Naranjo Brenes PLN 69
 
Puriscal
Iris Cristina Arroyo Herrera PLN 40
 
Tarrazú
Fernando Portuguez Parra PUSC 53
 
Aserrí
Patricia Porras Segura PLN 62
 
Mora
Adolfo Jiménez Cascante PLP 39
 
Goicoechea
Fernado Chavarría Quirós PLN 36
 
Santa Ana
Juan José Vargas Fallas PUSC 64
 
Alajuelita
María Siles Fernández PNG 61
 
Vázquez de Coronado
Yamileth Quesada Zúñiga PLN 55
 
Acosta
Nelson Umaña Quirós PLN 39
 
Tibás
Alejandro Alvarado Vega PLN 31
 
Moravia
Diego Armando López López Somos Moravia 37
 
Montes de Oca
Domingo Argüello García PUSC 51
 
Turrubares
Martín Vargas Calderón UP 56
 
Dota
Adrián Cordero Cordero PUSC 43
 
Curridabat
Errol Solano Bolaños Curridabat Siglo XXI 32
 
Pérez Zeledón
Emiliano Ceciliano Alfaro PUSC 37
 
León Cortés Castro
Juan Manuel Quirós Sánchez FA 59
 
Alajuela
 
Alajuela
Roberto Thompson Chacón PLN 63
 
San Ramón
Gabriela Jiménez Corrales PUSC 35
 
Grecia
Donald Quesada Rodríguez UP 53
 
San Mateo
Karen Tatiana Alfaro Jiménez PLN 34
 
Atenas
Máximo Chaves Ovares PPSD 65
 
Naranjo
Randall Vega Blanco PLN 48
 
Palmares
José Andrés Vargas Rodríguez Palmares Primero 43
 
Poás
Heibel Antonio Rodríguez Araya PUSC 62
 
Orotina
Margot Montero Jiménez PLN 58
 
San Carlos
Juan Diego González Picado PLN 41
 
Zarcero
Gina Rodríguez Rojas PLN 43
 
Sarchí
Maikol Porras Morales Alianza por Sarchí 38
 
Upala
Aura López Obregón PUSC 60
 
Los Chiles
Juan Abel Beteta Ocampo PLN 58
 
Guatuso
Carlos Sequeira Orozco PUSC 33
 
Río Cuarto
José Miguel Jiménez Araya PLN 41
 
Cartago
 
Cartago
Mario Redondo Poveda Actuemos Ya 61
 
Paraíso
Michaell Álvarez Quirós UP 38
 
La Unión
Cristian Torres Garita PLN 49
 
Jiménez
Ana Isabel Azofeifa Pereira PLN 51
 
Turrialba
Carlos Eduardo Hidalgo Flores PNG 41
 
Alvarado
Karol Fabiola Granados Martínez UP 38
 
Oreamuno
Erick Mauricio Jiménez Valverde UP 35
 
El Guarco
Víctor Hugo Monestel Tencio PLN 56
 
Heredia
 
Heredia
Ángela Ileana Aguilar Vargas PLN 55
 
Barva
Jorge Antonio Acuña Prado PRSC 39
 
Santo Domingo
Jorge Luis Fonseca Fonseca PLN 58
 
Santa Bárbara
Víctor Manuel Hidalgo Solís PLN 37
 
San Rafael
Jorge Eduardo Arias Santamaría Bienestar Rafaeleño 34
 
San Isidro
Eddie Ramírez Sánchez Avance Isidreño 33
 
Belén
Zeneida Chaves Fernández PUSC 52
 
Flores
Eder José Ramírez Segura PLN 39
 
San Pablo
Bernardo Porras López PUSC 62
 
Sarapiquí
Vanessa Rodríguez Rodríguez PLN 33
 
Guanacaste
 
Liberia
José Javier Calvo Darcia PLN 35
 
Nicoya
Carlos Armando Martínez Arias La Gran Nicoya 40
 
Santa Cruz
Jorge Arturo Alfaro Orias Auténtico Santa Cruceño 53
 
Bagaces
Daniel Alonso González PLP 35
 
Carrillo
Diana Cecilia Méndez Masís PPSD 61
 
Cañas
Alexander Elizondo Duarte UP 56
 
Abangares
Gerardo Alfredo Cascante Suárez UP 66
 
Tilarán
Katterin Alfaro López PLN 38
 
Nandayure
Teddy Osvaldo Zúñiga Sánchez PUSC 28
 
La Cruz
Luis Alonso Alan Corea PNG 47
 
Hojancha
Verónica Campos Barrantes PUSC 38
 
Puntarenas
 
Puntarenas
Randall Alexis Chavarría Matarrita PUSC 54
 
Esparza
Bienvenido Venegas Porras PUSC 64
 
Buenos Aires
Ana Margoth Mora Navarro PLN 53
 
Montes de Oro
Anthony Fallas Jiménez PLN 31
 
Osa
Mainor Fernando Anchía Angulo PNR 52
 
Quepos
Patricia Mayela Bolaños Murillo PUSC 63
 
Golfito
Freiner William Lara Blanco PUSC 48
 
Coto Brus
Rafael Ángel Navarro Umaña PUSC 62
 
Parrita
Roberto Alonso Rímola Real PNR 41
 
Corredores
Yeison Hay Villalobos PLN 44
 
Garabito
Francisco José González Madrigal Pueblo Garabito 45
 
Monteverde
Yeudy Miguel Ramírez Brenes PRSC 38
Puerto Jiménez
Enrique Segnini Saballo PLP 55
 
Limón
 
Limón
Ana Janniel Matarrita McCalla UP 37
 
Pococí
Manuel Hernández Rivera UP 56
 
Siquirres
Randal Black Reid PLN 49
 
Talamanca
Rugeli Morales Rodríguez PUSC 59
 
Matina
Wálter Céspedes Salazar PUSC 69
 
Guácimo
Beatriz Mora Valverde Justicia Social Costarricense 55

Véase también

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Referencias

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  1. González, Claudia (14 de junio de 2023). «Dos nuevos cantones participarán en las elecciones municipales de febrero 2024». CRC 891. Consultado el 25 de noviembre de 2024. 
  2. «Elecciones municipales de Costa Rica 2024: entre apatía y resiliencia democrática». International IDEA. Consultado el 19 de julio de 2024. 
  3. «El panorama electoral de Costa Rica en 2024: desafíos y novedades». La Nación. Consultado el 19 de julio de 2024. 
  4. «Innovaciones y desafíos en las elecciones municipales 2024». CRHoy. Consultado el 19 de julio de 2024. 
  5. a b c d Tribunal Supremo de Elecciones (2022). «Cronograma Electoral para las Elecciones Municipales». 
  6. Condega, Xavier (18 de noviembre). «Participación estimada en elecciones municipales 2024: 3.5 millones de electores con un aumento del 5.1%». El Mundo Cr. 
  7. Tribunal Supremo de Elecciones (01 de enero). «Costarricenses cuentan con diferentes alternativas para saber dónde les corresponde votar». 
  8. «TSE da banderazo de salida: 6212 puestos serán elegidos en las próximas elecciones municipales 2024». delfino.cr. Consultado el 25 de noviembre de 2024. 
  9. Tribunal Supremo de Elecciones (2 de octubre). «Plan General de Elecciones: Elecciones Municipales, 4 de febrero del año 2024». 
  10. Tribunal Supremo de Elecciones (4 de agosto). «Resolusión N.º 2571-E8-2008». 
  11. «TSE da banderazo de salida: 6212 puestos serán elegidos en las próximas elecciones municipales 2024». delfino.cr. Consultado el 25 de noviembre de 2024. 
  12. «47 alcaldes no podrán reelegirse en 2024 tras reforma aprobada en Código Municipal». ameliarueda.com (en inglés). Consultado el 25 de noviembre de 2024. 
  13. Tribunal Supremo de Elecciones (12 de noviembre). «Reglamento para la Observación de Procesos Electivos y Consultivos». 
  14. Tribunal Supremo de Elecciones (1 de febrero). «TSE y OEA firmaron el acuerdo de observación para las Elecciones Municipales». 
  15. Tribunal Supremo de Elecciones (12 de diciembre). «TSE pondrá en marcha plan piloto de papeleta única electrónica». 
  16. Quesada, Armando (31 de enero de 2024). «53 candidatos a alcaldes tienen causas abiertas en Fiscalía; la mayoría son del PLN y PUSC». Amelia Rueda (San José, Costa Rica). 
  17. Granados, Greivin (2 de febrero de 2024). «23 candidatos a alcaldes tienen causas abiertas por presuntos delitos en la función pública». CRHoy (San José, Costa Rica). 
  18. «Aquí Costa Rica Manda se queda sin candidatos a alcaldes y síndicos». La Nación. 14 de diciembre de 2023. Consultado el 25 de noviembre de 2024. 
  19. Tribunal Supremo de Elecciones (2024). «Resultados Provisionales Febrero 2024». 
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